Entrevista
«La evaluación psicosocial ya no se aprueba con un cuestionario genérico»
Josep Sirera explica qué mira hoy la Inspección en una evaluación de riesgos psicosociales y cómo lograr una que resista una actuación inspectora —o una segunda opinión sobre la que ya se tiene.
Por PSI PRL

La evaluación de riesgos psicosociales ha pasado de ser un trámite a ser uno de los focos de la Inspección de Trabajo. Josep Sirera explica qué separa hoy una evaluación válida de una que no aguanta un requerimiento.
¿Desde cuándo es obligatorio evaluar los riesgos psicosociales?
Desde 1996, por los arts. 15 y 16 de la Ley de Prevención, y sin umbral de plantilla: aplica a cualquier empresa con personas trabajadoras. No hacerlo es infracción grave, sancionable hasta 49.180 €.
Entonces, ¿qué ha cambiado?
El nivel de exigencia con el que se comprueba. La guía de actuación inspectora de septiembre de 2025, que desarrolla el Criterio Técnico 104/2021, ya no se conforma con que exista un documento: pide método justificado, participación real, confidencialidad, resultados desagregados y un plan con responsables, plazos y recursos.
¿Vale cualquier método?
Hay que poder justificar por qué se elige. La guía cita como métodos que dan confianza en el resultado el FPSICO 4.1 del INSST, el CoPsoQ-istas21 y el método del INSL. El Tribunal Supremo ya lo fijó en 2016: no basta con identificar los riesgos, hay que evaluarlos con un procedimiento que dé confianza sobre su resultado.
Muchas empresas creen que, por tener «algo», ya cumplen.
Es el error más común. Un cuestionario genérico, sin unidades de análisis bien construidas, sin consulta a la representación legal o sin plan de medidas, no protege ni aguanta una inspección. Por eso, cuando ya hay una evaluación, solemos empezar por una segunda opinión.
¿En qué consiste esa segunda opinión?
En una revisión técnica independiente que contrasta la evaluación punto por punto con el checklist del CT 104/2021, identifica lo que podría invalidarla —método modificado, factores no cubiertos, evaluación caducada— y entrega un plan de subsanación priorizado. Si hay un requerimiento sobre la mesa, también un borrador de respuesta.
¿Y si hay que hacerla de cero?
Se realiza de forma reglamentaria: planificación previa con las unidades de análisis y el método justificado, consulta a la representación legal, trabajo de campo, informe con resultados por factor y unidad, y la planificación de la actividad preventiva que se deriva.
¿El objetivo es aprobar la inspección?
El objetivo es que sirva. Una evaluación no es un documento para el cajón: es un diagnóstico que se convierte en medidas y en seguimiento. Que resista una inspección es la consecuencia de hacerla bien, no el fin en sí mismo.
¿Qué aporta su doble perfil aquí?
Que quien mide el riesgo entiende de verdad lo que mide. Interpretar los criterios de evaluación psicosocial no es mecánico; requiere formación en psicología del trabajo y, a la vez, el nivel superior en la especialidad para firmar con valor preventivo.
¿Te han requerido la evaluación psicosocial o dudas de la que tienes? Pide una valoración: https://prl.mipsicologo.ai/soluciones/evaluacion-riesgos-psicosociales
Si no está seguro de en qué momento se encuentra su empresa, la conversación inicial no compromete a nada.
Solicite una valoración inicial sin compromiso