PSI PRL — Psicólog@s Técnicos Superiores en PRL

Necesito un perito

Pericial psicológica del daño, pericial técnico-preventiva del incumplimiento, o las dos coordinadas por una sola persona.

Hay una demanda sobre la mesa —o va a haberla— y necesitas un dictamen pericial que sostenga tu posición: un trastorno mental que puede ser de origen laboral, una contingencia que discutir, un recargo de prestaciones, una incapacidad, un alta impugnada.

El problema habitual es que estos casos tienen dos caras que casi nunca las firma la misma persona. Por un lado, el daño psíquico y su nexo con el trabajo, que exige un psicólogo. Por otro, la suficiencia de la evaluación de riesgos y del sistema preventivo de la empresa, que exige un técnico superior en prevención. Hoy el cliente que lo necesita contrata a dos profesionales que no se coordinan, con el riesgo real de que sus informes se contradigan en sala.

Qué está en juego

El art. 340.1 de la LEC exige que el perito posea el título oficial que corresponda a la materia del dictamen. La valoración del daño psíquico corresponde al psicólogo; la valoración de la suficiencia de la evaluación de riesgos corresponde al técnico superior en Ergonomía y Psicosociología. Son dos títulos distintos para dos preguntas distintas.

Lo que se dirime tiene peso económico directo. La determinación de contingencia (común o profesional) condiciona todo lo demás. El recargo de prestaciones del art. 164 LGSS supone entre un 30% y un 50% de las prestaciones económicas, a cargo directo de la empresa y no asegurable. Y en lo social, sin ratificación en juicio el valor probatorio del informe se reduce mucho (art. 93 LRJS).

Cómo se resuelve

Según el caso, se emite el dictamen que corresponde: pericial psicológica forense del daño psíquico con control de validez y análisis del nexo causal; dictamen de determinación de contingencia; dictamen técnico-preventivo de idoneidad para el recargo de prestaciones; o informes de apoyo en incapacidad e impugnación de altas. Cada informe se prepara para sostener la ratificación y el contradictorio.

Cuando el caso lo requiere, se ofrece el paquete integrado de doble pericial: el dictamen del daño y el dictamen del incumplimiento preventivo, con una sola interlocución, cronología común y terminología unificada, de modo que ambos informes se refuercen en lugar de contradecirse. Es un trabajo que este perfil puede firmar de forma simultánea.

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