Módulo psicosocial del modelo de organización y gestión penal (arts. 31 bis y 316-318 CP)
Servicio diferencialMódulo de compliance que protege a administradores y encargados frente al art. 318 CP y acredita diligencia debida. Diferencial: honestidad técnica (la persona jurídica no responde por 316/317; la certificación no exime, Circular 1/2016 FGE).
Componente del diferencial #7 (compliance psicosocial de defensa). Módulo psicosocial del modelo de organización y gestión penal que protege a administradores y encargados frente al art. 318 CP y acredita diligencia debida. Honestidad técnica: la persona jurídica no responde penalmente por 316/317 y la certificación no exime (Circular 1/2016 FGE).
Qué se entrega
- Mapa de riesgos penales de seguridad y salud
- Matriz de atribución de funciones y delegación (clave para el art. 318 CP)
- Protocolo de acoso alineado con art. 173.1 CP y LISOS
- Canal interno (Ley 2/2023)
- Procedimiento de investigación interna
- Sistema disciplinario
- Formación a directivos
- Programa de verificación
- Dossier de diligencia debida
Base legal
- Código Penal, arts. 316, 317, 318, 31 bis — Delito de peligro concreto; regla de traslación de pena. La persona jurídica NO responde penalmente por 316/317
- Ley 31/1995 (LPRL), art. 42
- UNE 19601:2017
- Circular 1/2016 FGE — La certificación no exime