Diagnóstico de cumplimiento preventivo psicosocial y evaluación de exposición jurídica (defensibilidad)
Servicio diferencialTraduce el estado del sistema preventivo psicosocial a exposición jurídica cuantificada (recargo, LISOS, CP). No llamarlo auditoría (figura reglada arts. 29-33 RSP). Parte, junto a C-9 y C-10, del diferencial #7 (compliance psicosocial con fines de defensa).
Componente del diferencial #7 (compliance psicosocial de defensa). Diagnóstico de cumplimiento preventivo psicosocial que traduce el estado del sistema a exposición jurídica cuantificada (recargo, LISOS, CP) y genera un dossier de defensibilidad. No debe denominarse auditoría (figura reglada de los arts. 29-33 RSP).
Qué se entrega
- Inventario documental del art. 23 LPRL con semáforo
- Crítica técnica de la evaluación psicosocial contra el checklist Anexo I CT 104/2021
- Verificación del art. 16.3 (actualización tras bajas)
- Revisión del protocolo de acoso
- Revisión de formación/vigilancia
- Mapa de exposición jurídica (recargo art. 164, LISOS, arts. 316-318 CP)
- Plan de subsanación
- Dossier de defensibilidad
Base legal
- Ley 31/1995 (LPRL), arts. 14-16, 18, 19, 22, 23, 25
- RD 39/1997 (RSP), arts. 5.2, 29-33, 37 — Para auditoría reglada: autorización de la autoridad laboral
- Criterio Técnico 104/2021 ITSS
- UNE-ISO 45003:2021 — No certificable