Dictamen psicológico forense de determinación de contingencia en trastorno mental
El pleito previo y decisivo: sin contingencia profesional no hay recargo ni indemnización adicional. Articula la demanda primariamente sobre la presunción del art. 156.3 (inversión de carga) y subsidiariamente sobre el 156.2.e. El de mayor volumen potencial.
Dictamen forense de determinación de contingencia (común vs. profesional) en trastorno mental. Pleito previo y decisivo, de mayor volumen potencial: sin contingencia profesional no hay recargo ni indemnización adicional.
Qué se entrega
- Informe de 9 puntos (diagnóstico CIE-11/DSM-5-TR con código; psicometría SCID-5/MINI, BDI-II, STAI, SCL-90-R, MMPI-2-RF/PAI, MBI/CESQT, LIPT-60/NAQ-R, PCL-5; control de validez; cronología clínico-laboral; causalidad con los seis criterios; pronunciamiento sobre estado anterior 156.2.f + STS 189/2025; manifestación en tiempo y lugar 156.3; valoración funcional; conclusiones en lenguaje del art. 156)
Base legal
- TRLGSS, arts. 156-157
- RD 1430/2009, art. 6 — Procedimiento; plazos 4/10/15 días hábiles
- LRJS, art. 191.3.c
- Jurisprudencia TS, STS 189/2025 — La presunción no se excluye por enfermedad previa si hay agravación; pronunciarse sobre 156.2.e / 156.2.f / 156.3